WORLD SEE |
THE UNIVERSAL CULTURAL HUMANIST, RELIGIOUS AND Integrating the Universal Spiritual Union, Inc., The August SOMA Inc., The Nature Fellowship, Inc., The Universal Religious Alliance and Holy Realm, Inc., The Philopolytechnic Institute, Inc., The Aghartha, Inc., etc. a Worldwide Confederation of Interdependent and Autonomous Educational, Religious, Cultural, Mystic, Fraternal, Idealist, Spiritualist, Vegetarian, Scientific Research, Benevolent, Philosophical, Artistic, and Spiritual Organizations Interested in the Golden Rule, the New Age Brotherhood-Commonwealth of Man, the Aristocracy of Intelligence, and Spiritual Noblesse. Created in London, 1820. Established in Jerusalem, 1912 |
A TODOS A QUIENES CONCIERNE
-------------- Considerando que el Gran Santuario Espiritual y Cultural establecido en
-------------- Considerando que los Oficiales de
------------- Considerando que, atendiendo una recomendación del nunca olvidado Gran Coordinador General de
Recapitulando, fue decidido lo siguiente;
1. Que una nueva Gran Sede Oficial Mundial debía ser establecida en un país realmente pacífico y democrático, con un ambiente cultural adecuado y con unas facilidades generales para todos nuestros nobles empeños humanitarios, culturales y saludables.
2. Acelerar la campaña destinada a fomentar un mayor número de Miembros.
3. Notificar a todos los Miembros, urbi et orbi, que las Elecciones Generales se celebrarán durante la próxima Gran Asamblea del Congreso Mundial, con el propósito de renovar enteramente
4. Aceptar la resignación de
5. Adoptar la recomendación de
6. Expresar nuestra admiración así como nuestra mayor gratitud a
-------------- Considerando que la reclamación por parte de nuestros Amigos y Colaboradores, relativa a
-------------- Considerando que entre nuestros numerosos Asociados y Amigos pueden encontrarse algunos que tengan ideas válidas que nos permitan llevar a cabo un ideal tan noble o, - a lo mejor -, algunos que nos asistan en la promoción de esta realización tan noble.
-------------- Considerando el hecho de que nos hayamos dirigido a ellos en demanda de asistencia.
-------------- Considerando que el momento ha llegado, más que de sobra, para que
-------------- Considerando que la mutua protección no puede ser eficaz, en ningún orden de cosas, a menos que se organice y viabilice en todo momento como natural expresión o Instrumento de genuina dignificación humana, mediante medidas efectivas, tanto en las esferas nacionales como en las internacionales, en lo privado como en lo oficial.
-------------- Teniendo presente, por otra parte, que múltiples Acuerdos, Protocolos, Decisiones, Convenciones, Recomendaciones y Resoluciones relativas a
-------------- Teniendo presente algunos de estos Instrumentos Internacionales como
- Las Convenciones de
- El Pacto de Washington, del 15 de abril de 1935
- Las ulteriores nuevas disposiciones generales relativas a
-
- El Pacto final de
-
-------------- Notando que ciertos de estos de estos Instrumentos se inspiraron en una cierta medida, en los Principios fundamentales de defensa de los valores culturales como verdadero patrimonio de
-------------- Notando también, una vez más, la necesidad señalada por el Pr. OM Lind de manera general y particularmente en una carta dirigida al entonces Director General de
-------------- Notando que la protección se extiende no solamente a los bienes materiales de listas o registros internacionales pre-establecidos, sino también a los bienes culturales que no gozan de protección especial, así como al personal encargado de la salvaguardia de estos mismos bienes, o /y de su natural función cultural, donde sea se encuentren.
-------------- Notando que no se podrá concertar ningún acuerdo especial que disminuya la protección ofrecida a los bienes culturales y al personal encargado de su salvaguardia y función.
-------------- Notando también, a fuer de sensatos, que la protección especial bajo el uso triple de la bandera queda reducido a la nada si no se empieza por respetar una sola, y más aún si, con o sin el símbolo, se pierde de vista la realidad objetiva y los valores humanos que todo ello implica.
-------------- Teniendo presente lo dicho por el Sr. Yvon Beaulne, Chairman saliente de
-------------- CONSIDERANDO el Capital de Valores humanos que fueron invertidos en la plasmación efectiva y labor ejemplar de
-------------- Somos conscientes que, para las generaciones presentes que somos, nos queda el deber de demostrar nuestro respeto, más allá de palabrerías y discursos de halago circunstancial, -- que de todas maneras ni podrían añadir ni quitar un ápice a la realidad que son, fueron y a lo que hicieron --- es decir cumpliendo simplemente, nosotros, mismos, con nuestro propio deber.
-------------- Considerando todo lo antes dicho en consonancia con el espíritu y la letra del Memorándum fechado en Nueva York, el 20 de abril, 1966 y la carta de trámite a las esferas oficiales, de enero 15, 1967 (Véase Anexos).
-------------- El Supremo Consejo Mundial de Garantes y Patrones Ratifica igualmente y de manera particular la autorización dada a los Miembros Fundadores y Servidores para que bajo la coordinación autorizada de los señores Aura Castrillón de Díaz, Roberto Ramírez Nieto y Luis Eduardo Sierra Suescún, se funcionalice de hecho y derecho el Comité Gestor para obtener de las autoridades competentes, las facilidades relativas al reasentamiento de
Con nuestros agradecimientos anticipados por todas las acciones que se prestarán a nuestros representantes aquí mencionados, con el fin de ayudarlos en el cumplimiento de sus responsabilidades espontáneamente reclamadas. Todas las facilidades serán debidamente reciprocadas.
Con los merecidos respetos,
Nueva York, el 23 de Septiembre de 1983.
Sophie Berg
Presidente Legal
SUPREMO CONSEJO MUNDIAL DE GARANTES Y PATRONOS
Marie Peurozet
Secretaria de Relaciones Internacionales
Depositaria Legal de los Archivos del
Gran Santuario y del Museo Mundial de
_____________________
(firma y sello)
Julio 31 de 1984
Peter Peterson
Notary Public, State of New York
No. 31- 8343753
Qualified in New York Country
Commission Expires March 30, 198
CONSULADO GENERAL DE COLOMBIA
Nueva York
07401 (número en sello)
Fecha Aug 01 1984
El Cónsul General de Colombia CERTIFICA que el
Señor Norman Goodman
que autoriza el documento adjunto, ejercía legalmente en la fecha
allí expresada las funciones de Country Clerk of New York
y que la firma y sello que el documento aparecen como suyos
son los que usa y acostumbra en sus actos oficiales.
Consulado General de Colombia
Maritza Mendieta (Firma)
GLORIA MARITZA MENDIETA T.
VICE – CONSUL
El consulado no asume responsabilidad alguna por el contenido de los documentos anexos